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Journalists watch Spanish Prime Minister Pedro Sanchez's televised statement to call early elections in Madrid on October 5, 2026. Thomas COEX / AFP via Getty Images

La convocatoria electoral obliga a acelerar la ejecución de las cautelares sobre los nacionalizados por la ley de nietos incluidos en el CERA

La convocatoria de elecciones para el próximo 29 de noviembre ha abierto una carrera contrarreloj para determinar qué españoles residentes en el extranjero podrán votar después de las medidas cautelares adoptadas por el Tribunal Supremo sobre las inscripciones vinculadas a la llamada ley de nietos.

El problema está en identificar a tiempo a los electores afectados. El Censo de Españoles Residentes en el Exterior (CERA) ya estaba cerrado a 1 de agosto, mientras que la Sala Tercera del Supremo dictó el 10 de septiembre una resolución que suspendió los efectos electorales de determinadas inscripciones. Ahora, con una cita electoral fijada para dentro de pocas semanas, las autoridades deben determinar quién queda dentro de esa suspensión y quién está protegido por las excepciones establecidas por el propio tribunal.

La dificultad no es menor. La Dirección General de Asuntos Consulares ya había advertido el pasado 18 de septiembre de que no era posible identificar de forma rápida y precisa qué electores del CERA estaban afectados por las cautelares. Ni el Registro de Matrícula Consular ni el propio censo indican por qué vía obtuvo la nacionalidad española cada ciudadano.

Para comprobarlo es necesario revisar individualmente los expedientes y cruzar después esa información con las inscripciones censales.

168.896 expedientes pendientes de identificar

El informe de Asuntos Consulares cifra en 168.896 los expedientes que deben ser identificados y examinados. El problema se concentra especialmente en las oficinas consulares con mayor volumen de trabajo: las 16 que acumulan el 84,5% de las inscripciones no podrían completar el análisis ni siquiera antes del 1 de enero de 2027, según la documentación utilizada para ejecutar la resolución judicial.

La convocatoria del 29-N cambia por completo los plazos. Ya no se trata solo de ejecutar una resolución judicial con un calendario abierto, sino de determinar antes de unas elecciones concretas quién puede ejercer su derecho al voto y quién tiene suspendidos sus efectos electorales.

La resolución del Supremo contempla dos situaciones distintas. Para quienes todavía no estaban inscritos en el CERA, ordenó suspender la inscripción censal una vez terminado el expediente cuando estuvieran afectados por la medida. Para quienes ya figuraban en el censo, estableció la suspensión de los efectos electorales de esas inscripciones mientras las cautelares siguieran vigentes.

Las elecciones del 29 de noviembre serán el primer proceso electoral en el que esta segunda medida tendrá que aplicarse de forma efectiva.

Iustitia Europa pide información urgente

La organización Iustitia Europa, que promovió el recurso que dio origen a las cautelares, ha pedido este lunes a la Sala Tercera que reclame información a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral sobre el estado de ejecución de la resolución.

En concreto, solicita conocer cuántos electores afectados aparecen en el censo cerrado el 1 de agosto, cuántos expedientes han sido revisados, qué certificaciones han emitido los consulados y qué actuaciones ha realizado la Oficina del Censo Electoral para suspender los efectos electorales de las inscripciones afectadas.

La petición llega cuando el margen para completar todas estas comprobaciones es cada vez menor. La información disponible en los registros consulares no permite identificar directamente el procedimiento por el que cada persona obtuvo la nacionalidad, por lo que la revisión individual de los expedientes resulta imprescindible.

Además, mientras no exista una nueva resolución que modifique las cautelares, las medidas adoptadas por el Supremo siguen vigentes y deben ejecutarse.

La disolución de las Cortes deja en el aire la vía legislativa

El adelanto electoral también afecta a la alternativa que PSOE y Sumar habían planteado para modificar las reglas aplicables a los nacionalizados por la ley de nietos.

Ambos grupos habían introducido mediante una enmienda en una iniciativa legislativa en tramitación el contenido de una instrucción de la Oficina del Censo Electoral que había sido cuestionada ante el Supremo. El objetivo era trasladar esos criterios al rango de ley.

La disolución de las Cortes deja esa vía en suspenso. Los asuntos pendientes decaen con la disolución de la Cámara, salvo aquellos que correspondan constitucionalmente a la Diputación Permanente. Este órgano no mantiene las mismas facultades legislativas que el Congreso durante una legislatura y concentra su actividad, entre otras cuestiones, en los decretos leyes y en los estados excepcionales.

Por ello, una eventual modificación de las reglas del censo mediante aquella enmienda no podría recuperarse simplemente durante el periodo electoral.

El Gobierno tendría otra posibilidad si decidiera recurrir a un decreto ley y someterlo posteriormente a la Diputación Permanente para su convalidación. Pero esa alternativa abriría un nuevo debate jurídico y político, especialmente por tratarse de una modificación de las reglas electorales en pleno proceso hacia las elecciones del 29 de noviembre.

Mientras tanto, el Supremo afronta un calendario mucho más ajustado. La sentencia sobre el fondo del recurso se había situado hasta ahora en un horizonte que podía llegar a diciembre, pero la convocatoria electoral obliga a resolver antes las dudas sobre la aplicación de las cautelares al CERA. La fecha del 29-N ha convertido una cuestión que ya era compleja en una auténtica carrera contra el reloj.