Seguridad Social
El nuevo real decreto-ley incorpora bajas especiales por patologías incapacitantes IA Canva

El Consejo de Ministros aprobó el 20 de octubre de 2026 un real decreto-ley para ampliar la protección de la Seguridad Social y mejorar las prestaciones dirigidas a trabajadores, familias y colectivos vulnerables. Entre las principales novedades figuran dos situaciones especiales de incapacidad temporal: una para mujeres con patologías incapacitantes asociadas a la menopausia y otra para trabajadoras víctimas de violencia de género cuyas lesiones les impidan desempeñar su actividad laboral.

Según informó el Gobierno a través de La Moncloa, ambas situaciones tendrán una cobertura económica superior a la incapacidad temporal por contingencias comunes y no exigirán un periodo mínimo de cotización. La medida pretende responder a circunstancias que, hasta ahora, no contaban con una protección específica de estas características.

Nuevas coberturas por incapacidad temporal

Las prestaciones se calcularán aplicando el 60 % de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y el 75 % a partir de ese momento. Durante el primer día, la empresa abonará el salario correspondiente; desde el día siguiente, el pago correrá a cargo de la Seguridad Social, de acuerdo con las condiciones previstas en la norma.

En el caso de la menopausia, la cobertura no se aplicará automáticamente a cualquier síntoma, sino a patologías asociadas que resulten incapacitantes y cumplan los criterios establecidos para esta situación especial.

El decreto también contempla una mayor protección para las personas afectadas por acontecimientos catastróficos. En estos casos, podrá equipararse la incapacidad temporal a la derivada de un accidente de trabajo, con las mejoras correspondientes en las prestaciones.

Más apoyo para familias y menores

La reforma amplía la protección de quienes cuidan a menores con cáncer u otras enfermedades graves. Entre los cambios, permite que ambos progenitores perciban la prestación de forma alternativa o simultánea y extiende la cobertura más allá de los 26 años cuando la persona afectada tenga una dependencia de grado III o una discapacidad igual o superior al 65 %.

También facilita el acceso a la pensión de viudedad para parejas de hecho con hijos en común. En estos casos, podrá acreditarse la convivencia sin necesidad de presentar la inscripción formal de la pareja en el registro correspondiente, siempre que se cumplan los requisitos previstos. Además, se establece un plazo de un año para que posibles beneficiarios por fallecimientos anteriores puedan reclamar la prestación si cumplen las condiciones.

Otras medidas de protección económica

El paquete incluye el refuerzo de las indemnizaciones para víctimas del terrorismo y la mejora de la protección económica de los huérfanos por violencia contra las mujeres. Asimismo, triplica el anticipo máximo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, que pasa de 100 a 300 euros mensuales, y amplía su duración hasta la extinción de la obligación de pago.

La aprobación del real decreto-ley supone un nuevo marco de protección social, aunque su aplicación queda sujeta a la convalidación parlamentaria. Según La Moncloa, la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados deberá pronunciarse sobre la norma.