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A voter picks up ballots for the European Parliament elections at a polling station in Barcelona, on June 9, 2024 MANAURE QUINTERO/AFP via Getty Images

El acuerdo responde al riesgo de que las inscripciones se concentren en provincias donde un escaño cuesta menos votos. En las últimas generales, trece escaños se decidieron por menos de 3.000.

La Junta Electoral Central ha acordado que todas las personas que obtengan la nacionalidad española sin haber residido nunca en el país tendrán que justificar el municipio al que quedan adscritas a efectos electorales. Deberán presentar una declaración explicativa documentada.

La propuesta partió de la Oficina del Censo Electoral. Hasta ahora la normativa no exigía esa justificación, y el vacío no había causado problemas porque el número de personas en esa situación era mínimo.

Ha dejado de serlo. Unos 2,4 millones de extranjeros han solicitado la nacionalidad al amparo de la ley de memoria democrática, y la inmensa mayoría no ha vivido nunca en España.

Un voto no vale lo mismo en Soria que en Madrid

El sistema electoral español reparte los escaños del Congreso por provincias. Cada una tiene un mínimo garantizado y el resto se distribuye en proporción a su población.

El resultado es que el precio de un escaño, medido en votos, varía enormemente de una circunscripción a otra. En las provincias más pobladas hace falta un número muy alto de papeletas para obtener un diputado. En las pequeñas basta con una fracción de esa cifra.

Un elector inscrito en una provincia poco poblada pesa, por tanto, varias veces más que uno inscrito en Madrid o Barcelona. No se trata de un fallo del sistema sino de su diseño, pensado para que las zonas menos habitadas tengan representación.

Esa característica es la que hace relevante dónde se inscribe cada nuevo votante. Antes del verano circularon vídeos de dirigentes socialistas en Iberoamérica que planteaban orientar las adscripciones hacia los municipios donde conseguir un escaño requiere menos votos.

Las cifras explican por qué la Junta ha reaccionado. En las últimas elecciones generales, trece escaños se decidieron por márgenes inferiores a 3.000 votos. Para mover un resultado no hacen falta millones de papeletas. Bastan unos miles colocados en el sitio adecuado.

Qué tendrá que acreditar cada solicitante

La declaración explicativa exige documentar el vínculo con el municipio elegido.

Quien accede a la nacionalidad por esta vía ya ha tenido que aportar documentación sobre un ascendiente español: su lugar de nacimiento o su última residencia en España. Ese documento sirve como justificación del municipio.

El requisito resulta sencillo de cumplir para quien se inscribe donde nació su abuelo. Se complica para quien elige una localidad sin relación con su familia.

Cuando el interesado no señale ningún municipio, serán las oficinas consulares las que lo determinen de oficio. Los funcionarios tendrán que dejar constancia escrita del criterio aplicado.

Lo que la medida no resuelve

Las 2,4 millones de solicitudes no se convertirán en 2,4 millones de votantes. Una parte será denegada. Otra no llegará a inscribirse en el censo. Y la participación entre los electores residentes en el extranjero ha sido históricamente muy baja, por debajo del 10% durante años pese a las reformas del voto rogado.

El acuerdo llega además mientras el Tribunal Supremo mantiene suspendidos cautelarmente los efectos electorales de las inscripciones practicadas al amparo de esta ley, a la espera de resolver el recurso sobre el fondo. Ninguna de estas personas vota mientras esa suspensión siga vigente.

Queda también una cuestión que el acuerdo no toca. La Junta Electoral ha cerrado la posibilidad de elegir municipio sin explicación, pero el motivo por el que esa elección resultaba atractiva sigue intacto: un voto continúa valiendo más en unas provincias que en otras, y eso afecta igual a los ciudadanos que llevan toda la vida censados en España.